Comienza a ser habitual en algunos países del mundo la instalación de redes inalámbricas de acceso a Internet con tecnología WIFI en aeropuertos, palacios de congresos, estaciones y otros lugares de paso en los que las personas puedan acceder a Internet a través de sus portátiles o PDAs (con su tarjeta de red WIFI).

Con el objeto de promover esta tendencia en España, todas las comunidades autónomas, a través de las consejerías, diputaciones, etc., han lanzado el programa de Acceso a Internet y Movilidad con Wi-Fi, por el que se establecen medidas de apoyo para la instalación de redes inalámbricas con tecnología WIFI en lugares públicos para facilitar el acceso a Internet.

El programa "Acceso a Internet y Movilidad con WIFI" pretende facilitar a este colectivo de personas el acceso a Internet y a las aplicaciones de gestión de sus empresas cuando se encuentren fuera de la oficina.

Los beneficiarios de estas ayudas son, por lo tanto, personas físicas o jurídicas que dispongan, en sus correspondientes comunidades autónomas, de lugares de acceso público al tránsito de personas que sean usuarios potenciales dispositivos tales como portátiles o PDAs, es decir: Palacios de Congresos, Aeropuertos, Estaciones de ferrocarril, de metro o autobuses, Universidades, Ferias de Muestras, etc.

En el caso del País Vasco, el programa denominado Konekta Zaitez WIFI está liderado por SPRI, mientras que en el resto de las CCAA, será Red.es la entidad encargada de llevar a cabo el programa.



PREGUNTAS MÁS FRECUENTES:

¿Qué es el Canon por Copia Privada?
Es una tasa que se aplicaba hasta ahora a las cintas de audio y de vídeo para compensar a los autores del perjuicio ocasionado por realizar copias para el uso privado.
Este Canon, previsto en la Ley de Propiedad Intelectual de 1996 no es para compensar los daños por piratería y los paga el usuario final. "Copia Privada" es la que se realiza para uso privado y sin fines lucrativos. "Piratería" es toda actividad destinada a obtener un lucro a partir de una copia no autorizada y es delito perseguido por el Código Penal.

¿Por qué hasta ahora no se pagaba Canon y ahora sí?
La actual ley en vigor (Ley de Propiedad Intelectual de 1996) no expresa claramente si los soportes digitales están sujetos a Canon o no, ya que fue redactada pensando en cintas de audio y vídeo y se expresa en hora de grabación:
La situación de incertidumbre jurídica, ha llevado a llegar a un acuerdo Privado para evitar reclamaciones en los juzgados.

¿Qué son las Entidades de Gestión de Derechos de autor?
La Ley de la Propiedad Intelectual de 1996 establece esta figura, que es una sociedad sin ánimo de lucro y cuya función es gestionar los derechos de sus asociados (autores, productores, artistas, intérpretes, etc), titulares de los derechos de autor. Estas entidades han de estar aprobadas por el Ministerio de Cultura.

¿Por qué la situación en España es diferente a la de Europa?
En los demás países europeos, se ha legislado específicamente para los soportes digitales. En nuestro caso, la actual Ley de Propiedad Intelectual no lo contempla, pero el acuerdo privado nos permite cubrir estas lagunas y definir un marco y unas normas de juego más claras mientras no exista una nueva legislación en España.

Mayoristas y Minoristas:

Soy mayorista y tengo proveedores nacionales y extranjeros, ¿a quién pago el Canon?
El primer responsable es el importador, por lo que el proveedor nacional deberá facturarle los productos por el canon correspondiente. Si adquiere los productos a un proveedor extranjero, le convierte en importador, por lo que deberá incorporar el Canon en las facturas a sus clientes y realizar una declaración de importación a las Entidades de Gestión, para liquidar el Canon correspondiente.

Si el acuerdo entra en vigor el 1 de septiembre, ¿qué ocurre con el stock que tengo en el almacén?
Todos los productos adquiridos y recibidos antes del 1 de septiembre de 2003 no devengarán y estarán exentos del Canon. Asimismo, partir del 1 de septiembre, estos productos no deberán incorporar Canon en factura, ya que sería un caso de apropiación indebida y sería perseguido por el código penal.

Soy un vendedor a usuario final, ¿debo desglosar el Canon en factura o en ticket de caja?
No, los vendedores a usuario final no tienen la obligación de desglosarlo, aunque es recomendable

Soy un retailer y tengo un catálogo que se publica el 7 de septiembre, ¿debo cobrar el Canon?
Si los productos han sido adquiridos y recibidos en su almacénn antes del 1 de septiembre, no hace falta incluir el Canon. Si los ha recibido/adquirido después, su proveedor le habrá cobrado el Canon y ud. deberá repercutirlo.